
Biess – Créditos Hipotecarios
El Biess ofrece préstamos hipotecarios para la adquisición de bienes inmuebles, como unidades de vivienda, construcción, remodelación, ampliación y/o mejoramiento de las mismas, terrenos, oficinas, locales comerciales o consultorios; así como también sustitución de créditos hipotecarios para viviendas otorgadas por otras instituciones financieras del país.
¿Quiénes aplican?
- Afiliados dependientes
- Afiliados voluntarios
- Jubilados
Productos de Préstamos Hipotecarios
Vivienda de interés público
El Biess se ha unido a la política nacional para el financiamiento de vivienda de interés público a través de un nuevo producto crediticio caracterizado por las tasas de interés más bajas del mercado.
Tasas de interés
Tasas de interés preferencial del 6%
Aplica para:
- Aplica para Viviendas de carácter social (hasta 40 mil dólares)
- Viviendas de interés público hasta 70 mil dólares, cuyo valor por metro cuadrado no exceda USD 890 dólares.
- Primera vivienda (es decir que el comprador no sea propietario de una vivienda)
- Primer uso (Vivienda nueva, la misma debe ser usada para ser habitada por el comprador; no para fines comerciales).
- El precio del terreno no podrá ser superior al 50% del valor total de la vivienda.
Monto y condiciones del financiamiento
- Financiamiento del 100% del valor de realización del avalúo de la vivienda
Plazo
- Los asegurados pueden escoger su pago hasta 25 años plazo (en función de la edad máxima del afiliado o jubilado hasta los 75 años).
Requisitos Básicos
- Si usted es afiliado activo debe contar con mínimo 36 aportaciones. (Las 12 últimas consecutivas)
- Si ya se encuentra jubilado debe estar en goce de su prensión jubilar
- Tanto el afiliado y/ o empleador, debe estar al día con las obligaciones en el Iess, Biess y otras instituciones del sistema financiero
- Declaración juramentada certificando que no posee ninguna vivienda y que el inmueble a adquirir será destinado para uso familiar, en caso de existir sociedad conyugal o unión de hecho la Declaración Juramentada debe ser presentada por cada una de las partes.
- Certificado del Registro de la Propiedad indicando que no posee vivienda dentro del cantón de ubicación del inmueble a ser adquirido, en caso de existir sociedad conyugal o unión de hecho el Certificado debe ser presentado por cada una de las partes.